Un alto funcionario de
Azerbaiyán ha propuesto una prohibición del aborto, llamando a la práctica
generalizada del aborto cuando se descubre que es una niña es
"salvajismo" y "asesinato". Así lo informó RIA NOVOSTI
"En muchos países
del mundo, ... el aborto es considerado como el asesinato de un ser humano. La
destrucción de los fetos en el vientre de sus madres no se justifica por
razones humanitarias o religiosas ", dice Hadi Rajabli, presidente del comité
de política social, el parlamento de Azerbaiyán y miembro del gobernante
Partido Yeni Azerbaiyán. "Por tanto, creemos que esa prohibición podría
introducirse en Azerbaiyán".
"La terminación de
un niño a causa de su sexo biológico puede llevar a graves consecuencias",
agregó. "Esto es un asesinato que no puede justificarse desde ningún punto
de vista".
Aproximadamente 112
niños nacen por cada 100 niñas en Azerbaiyán, según las estadísticas de la
Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. La proporción natural del sexo al
nacer es de alrededor de 105 niños por cada 100 niñas.
Desde Costa Rica, un
país que protege el derecho a la vida desde el momento de la concepción, me
alegro al comprobar que en el mundo cada día hay mayor conciencia de la
dignidad del ser humano. La dignidad humana es la piedra angular de los
Derechos Humanos.
En el primer preámbulo
de la Declaración Universal de los Derechos Humanos literalmente se dice:
“La
libertad, la justicia y la paz en el mundo no podrán darse sin el
reconocimiento de la DIGNIDAD INTRINSECA y de los derechos iguales e
inalienables de todos los seres humanos.” (La mayúscula no forma parte del
original)
Precisamente en razón
del reconocimiento de la dignidad intrínseca del ser humano, es que en su
totalidad todos los instrumentos internacionales prohíben la discriminación
entre seres humanos “por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión,
opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social,
posición económica, NACIMIENTO o cualquier otra condición social.” (la
mayúscula y resaltado no forman parte del original)
Como lógica consecuencia
del reconocimiento de la dignidad intrínseca del ser humano y de la prohibición
de discriminar, se dispone en la Convención Americana sobre Derechos Humanos,
así como en otros instrumentos internacionales, que:
Todos
los seres humanos son personas (párrafo 2 del artículo primero CADH)
Todas
las personas tienen derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica
(artículo 3 CADH)
En algunos momentos de la
historia de la humanidad, se ha discutido si la mujer, los negros, los
esclavos, ó más recientemente los judíos eran personas. Hoy en día, muy pocos
se atreverían a alegar "superioridad" de algunos los seres humanos
sobre otros, dado que ésta visión no es acorde con los derechos humanos,
precisamente por el concepto de dignidad intrínseca que tenemos, que impide o
prohíbe que se hable de seres humanos inferiores, de distinta categoría
jurídica o a los cuales se les niegue el reconocimiento de su personalidad
jurídica.
Así, si hemos
determinado en forma científica que a partir de la concepción, cuando el óvulo y
el espermatozoide se funden en una sola célula, estamos en presencia de un ser
humano completo en estadio unicelular; que no pueden discriminarse a los seres
humanos en razón de haber nacido o no; que todos los seres humanos somos
personas dado que no existen seres humanos de distinta categoría; ha de
reconocerse que a partir de la concepción se tiene derecho al reconocimiento de
la personalidad jurídica, siendo que lo primero que reclama dicha personalidad
es el derecho a la vida, por ser el primero y más fundamental de los derechos
humanos, dado que sin vida no pueden ejercerse el resto de los derechos.
Lo invito que comparta
esta información y que así juntos promovamos una cultura de vida que respete la
dignidad y el derecho a la vida de todos.-
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