lunes, 28 de octubre de 2013

EN DEFENSA DE LA FAMILIA

Por ley Número 9155 publicada en La Gaceta del lunes 8 de julio pasado se modificó la Ley General de la Persona Joven. Algunos dicen que la reforma derogó tácitamente el Código de Familia y permite la unión de hecho entre personas del mismo sexo.
La Ley General de la Persona Joven rige para aquellas “Personas con edades comprendidas entre los doce y treinta y cinco años” de edad
En la reforma mencionada, se indica expresamente que en las uniones de hecho, los convivientes tienen que tener aptitud legal para contraer matrimonio. 
La aptitud legal para contraer matrimonio implica que estas personas no estén dentro de las prohibiciones que establece el artículo 14 del Código de Familia, según el cual, es legalmente imposible el matrimonio:
1) De la persona que esté ligada por un matrimonio anterior.
2) Entre ascendientes y descendientes por consanguinidad o afinidad. 
3) Entre hermanos consanguíneos.
4) Entre personas relacionadas por la adopción.
5) Entre el autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio de uno de los cónyuges y el cónyuge sobreviviente.
6) Entre personas del mismo sexo.
7) De la persona menor de quince años.
Reiteradamente ha indicado la Sala Constitucional que si se han de otorgar los mismos efectos patrimoniales del matrimonio a la unión de hecho, entonces es razonable que esas uniones reúnan los mismos requisitos que se exige al matrimonio. 
Hay que tener cuidado con la interpretación que se haga sobre éste tema, pues en Costa Rica las relaciones sexuales con menores de 15 años está tipificado como delito. De aceptarse lo que algunos interpretan: ¿Qué pasaría con las uniones de hecho con personas entre los 12 y los 15 años de edad?
Creemos que ni el Código de Familia, ni el Código Penal, han sido derogados ni reformados.
La Constitución Política de Costa Rica dispone que, el matrimonio es la base esencial de la familia, y ésta como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección especial del Estado. 
Esto es así, porque la unión entre un hombre y una mujer, es la institución natural a la que está confiada en forma exclusiva la misión de transmitir la vida; es por ello que debe ser protegida por el estado, pues de esa unión nacen los futuros miembros de la sociedad. El bien común exige que así se reconozca y se ampare.
Resumidamente lo dijo mucho mejor Juan Pablo II “El futuro de la humanidad se fragua en la familia”

Este es un comentario publicado en el programa radial PANORAMA de la Camara Nacional de Radio de Costa Rica puede escucharlo en este enlace:

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