miércoles, 3 de julio de 2013

¡QUÉ VERGÜENZA!


Bajo el título ¿Jóvenes gais se pueden casar? DIARIOEXTRA informó de la curiosa interpretación que hacen los diputados José María Villalta del Frente Amplio (FA) y Carmen Muñoz (PAC) de la nueva Ley de la Persona Joven, aprobada en el plenario, pero no sancionada aun por la Presidenta Laura Chinchilla.
Según ellos la reforma aprobada derogó tácitamente el Código de Familia y permite la unión de hecho entre personas del mismo sexo para para la población entre los 15 y 35 años, ya que la ley de la Persona Joven está limitada a esa población.
Se equivocan los diputados mencionados dado que una ley especial no queda derogada implícitamente por otra ley especial posterior que sea de distinta materia. Me explico: el artículo 242 del Código de Familia es una norma especial que regula la unión de hecho y no puede ser derogada “tácitamente” por otra norma especial, como lo es la Ley de la Persona Joven, que regula una materia diferente.
El principio que “ley posterior deroga la anterior”, no es un principio absoluto que deba aplicarse siempre; existen otros principios de igual o mayor valor jurídico, como  el que dice: La ley especial no queda derogada implícitamente por otra ley especial posterior de distinta materia; esta derogación presunta sólo puede darse si las leyes especiales en cuestión regulan la misma materia.
¿Cómo nació la unión de hecho en Costa Rica? La respuesta es precisamente por  una ley especial, la ley No.7532 del 8 de agosto de 1995, que “Adiciona el Código de Familia para Regular la Unión de Hecho”. Es una norma especial dada para una jurisdicción especial: la de familia.
Así, no podría la Ley de Persona Joven (que es otra ley especial que regula una materia diferente) derogar tácitamente el  artículo 242 del Código de Familia, porque ambas son normas especiales pero de distinta materia. La derogación o modificación del artículo 242 tenía entonces que hacerse expresamente, si esa era la intención del legislador.
Lo que da vergüenza, es que precisamente los legisladores Villalta y Muñoz, no querían eso. Es decir, no querían hacer una derogatoria expresa en la ley.
¿Por qué? Bien saben ellos, que se si hubiera puesto expresamente la derogatoria o modificación del artículo 242 en el proyecto de ley; en el plenario no se habría aprobado.
Así, al mejor estilo de estafadores profesionales, engañan y ocultan sus intenciones a los demás legisladores, para luego sorprenderlos con sus alegatos –falsos por cierto— que consintieron en forma unánime en la supuesta modificación el artículo 242. Varios diputados manifestaron en el plenario sentirse engañados y protestaron: la verdad que tienen razón de hacerlo.
En el marco de un Estado Social y Democrático de Derecho, todos y cada uno de los entes y órganos públicos --especialmente en la Asamblea Legislativa--, deben estar sujetos a los principios constitucionales de transparencia y la publicidad, que deben ser la regla de toda la actuación o función estatal, especialmente si se están aprobando leyes.
Ha dicho la Sala Constitucional que los entes públicos, están llamados a ser “verdaderas casas de cristal en cuyo interior (los ciudadanos) puedan escrutar y fiscalizar, a plena luz del día”
En este caso es público y notorio, que ha habido de todo menos transparencia y publicidad, con lo cual se ha transgredido gravemente el proceso de la formación de la ley, existe un vicio en el consentimiento de la mayoría de los diputados que aprobaron la reforma a la Ley de la Persona Joven, lo que haría inconstitucional la reforma misma, no sólo por el fondo, puesto que la jurisprudencia de la Sala Constitucional ha sido clara que para las uniones de hecho se requiere que los convivientes sean de diferente sexo, sino también por la forma, es decir hay un vicio en el procedimiento de la formación de la ley.
Solo me queda decir, que debería darles vergüenza a quienes participaron en este engaño.

8 comentarios:

Sesión de la Asamblea Legislativa del 6 de junio del 2013, en primer debate el expediente N. 18.529 «Reforma a la Ley General de la Persona Joven».

Diputado Villalta:
«En este caso dicha limitación no regiría, y con la presente reforma se estaría produciendo una modificación tácita al citado artículo 242, abriéndose la vía jurídica para el reconocimiento de los efectos sociales y patrimoniales de las parejas del mismo sexo que convivan en unión de hecho».

Presentes los diputados que hoy se rasgan las vestiduras porque «no sabían» que este proyecto de ley permitiría eso. Ellos no solo son analfabetos funcionales (porque el cambio estaba en la primera hoja del proyecto) sino que tampoco prestan atención en el plenario. Es decir, se roban el sueldo.

Me perdona, pero Villalta y Muñoz son a quienes menos debería darles vergüenza.

¿Cual es el engaño? es como si se reclamara no estar de acuerdo con una cláusula de un contrato que no se leyó, evidentemente si no se leyó, pudiendo hacerlo, no hay engaño.

Lo que dice la reforma es: "se reconoce el derecho a la unión de hecho sin discriminación contraria a la dignidad humana." ¿Qué clase de ser humano le molestaría que todos vivan libres de discriminación, dignamente?

Entonces se le puede dar un sala cuartazo

Todavía es muy temprano para pensar en una acción de inconstitucionalidad ante la Sala... hay que esperar a que la ley sea sancionada y publicada en La Gaceta antes de tomar decisiones, aun cuando leo en los medios que don Justo Orozco quiere presentar una acción.

me da verguenza leer la opinión de una persona desinformada cerrada y lo peor de todo con una falta de cultura educación y respeto por los demás, señora Alexandra Loría es lamentable que usted se llene la boca de mencionar leyes y morales que estan por mucho muy por debajo de lo que es la equidad de derechos o me pregunto es usted quien para decir a quien debemos amar algunos seres humanos y con quien queremos compartir nuestras vidas? me desilusiona saber que hay gente como usted, con un pensamiento retrogado y medieval que lo que hace es detener el desarrollo y dificultar el acceso a los derechos básicos. la invito a informarse y conocer mas antes de hablar y vanagloriarse con discursos sezgados que mas que promover un avance hacen que exista un estado de subdesarrollo y en este caso estimada señora Loría es intelectual.

Tiene absoluta razón Lic. Loría, es evidente que Villalta no conoce de ética al procurar poner una sancadilla a todos sin compañeros diputados. Primero, el proyecto de ley en la exposicion de motivos nunca señala que la intención de la reforma sea legislar sobre el tema de las uniones homosexuales, así que ese parrafo que se le permitio introducir a Villalta no puede tener el espíritu que él y la Munoz pretenden, me parece que resultaría inconexa. Luego, si leen el acta, Villalta luego de votado el proyecto y aprobado en 1er debate, si pretexto de que es tarde no lee el b razonamiento de su voto sino que le v pide al presidente que incorpore el texto de su razonamiento al acta, lo cual se estila, así que los diputados nunca llegar a escuchar cual es b su mala intención. En dicho documento el anota lo que a su criterio representa esa reforma, y que el "espíritu es permitir la uniones homosexuales"
Bien lo dice usted, es una estafa, es un chanchullo bulgar y absolutamente irrespetuoso de la institucionalidad, de transparencia que debe existir en la conformación de nuestras leyes.

No hay desigualdad entre desiguales, la desigualdad ocurre entre iguales y no se puede hablar de igualdad entre una pareja (hombres +mujer, macho+hembra) y un par (hombre+hombre, mujer+mujer) los primeros procrean, dan continuidad al género humano en condiciones equilibradas, los segundos lo condenan a la extinción bajo unas condiciones alteradas de la realidad. Es mas que evidente que los homosexuales tienen problemas que los llevan a vivir un modo distorsionado su vida y ahora sin derecho a ser tratados. Usted es quien actúa como ignorante, no le caería mal un poco de biología básica y de antología.

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