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Defiende, protege, ama y sirve a la vida: A toda vida humana, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural.

La maternidad es parte del ser mujer

La sociedad necesita ser pro mujer, pro niño, y pro vida. Debemos apoyar a toda mujer embarazada, especialmente a aquellas que tienen un embarazo en crisis.

El matrimonio es la base esencial de la familia

La familia fundada en el matrimonio es un bien fundamental para toda sociedad. Los matrimonios estables son garantía de los valores que nacen en las relaciones familiares saludables.

La familia es el elemento natural de la sociedad

"El lugar donde nacen los niños y mueren los hombres, donde la libertad y el amor florecen, no es una oficina ni un comercio ni una fábrica. Ahí veo yo la importancia de la familia." (Gilberth Keith Chesterton)

El embrión es un ser humano completo

Es un organismo completo, aunque inmaduro, y a no ser que se lo impida la enfermedad o la violencia, se desarrollará hasta su etapa madura, nacerá y vivirá muchos años hasta su muerte natural.

lunes, 24 de septiembre de 2012

Farmacéuticos PROVIDA obtienen una gran victoria en Illinois



Los farmacéuticos de Illinois que han trabajado durante más de 7 años  con AMERICANS UNITED FOR LIFE (AUL) y su Asesor Marcos Rienzi (Miembro del Consejo Directivo de AUL) obtuvieron una importante victoria la semana pasada, en una decisión que ayuda a proteger la objeción de conciencia.
El Tribunal de Apelación de Illinois por el Cuarto Distrito dictaminó que el Estado no puede obligar a dos farmacéuticos y varias farmacias a dispensar varios medicamentos que acaban con la vida, engañosamente etiquetados como "anticoncepción de emergencia", coaccionándolos a actuar contra su conciencia.
El caso, Morr-Fitz versus Quinn, se ha tramitado en el sistema judicial de los Tribunales de Illinois desde 2005, cuando el entonces gobernador Blagojevich autorizo por primera vez una norma que obligaba a las farmacias a dispensar medicamentos que terminan con la vida.
Los demandantes --los farmacéuticos Lucas Vander Bleek y Kosirog Glenn, junto con sus corporaciones farmacéuticas presentaron una demanda contra el Estado para defender su derecho de objeción de conciencia.
En el año 2011, un tribunal de primera instancia dictaminó que el Estado violó la libertad de conciencia garantizada en varias leyes, incluida la Ley de Libertad de Conciencia y Atención Médica de Illinois ("Conscience Act"). El Estado apeló.
El viernes 21 de setiembre del 2012, el Tribunal de Apelación concluyó que la aplicación de la norma contra los demandantes viola la Ley de Libertad de Conciencia. Para llegar a esta conclusión, el tribunal hizo dos hallazgos significativos.
En primer lugar, el tribunal llegó a la conclusión de que los farmacéuticos y las farmacias están bajo la protección de la Ley de Libertad de Conciencia. El Estado había sostenido lo contrario, en un intento de negar la objeción de conciencia a los farmacéuticos y a las farmacias. Esto significa que otros farmacéuticos y farmacias, frente a la opción coercitiva de violar su conciencia o estado, pueden presentar una demanda con grandes probabilidades de éxito.
También demuestra la importancia de la existencia de normas sobre la libertad de conciencia y lo que las legislaturas estatales pueden hacer para proteger los derechos de conciencia a través de leyes estatales.
En segundo lugar, el tribunal llegó a la conclusión de que la provisión de "anticoncepción de emergencia" no constituye una "atención médica urgente", bajo la interpretación de la Ley de Libertad de Conciencia. El Estado argumentó que otra norma en la Ley de Libertad de Conciencia, obliga al personal de salud a brindar atención médica de emergencia, por lo que supuestamente los farmacéuticos tenían que proveer, con fundamento en esa norma, la "anticoncepción de emergencia".
Pero el tribunal de apelaciones rechazó decididamente esta afirmación. Tras señalar en primer lugar que la Corte Suprema de Illinois había definido recientemente "emergencia" como "un imprevisto que implique un peligro inminente para una persona o propiedad que requiere una respuesta urgente", concluyó el tribunal de apelación que los "anticonceptivos de emergencia "no están comprendidos en el llano y ordinario significado del término "emergencia".
Además, el tribunal llegó a afirmar, "sexo sin protección no pone a una mujer en peligro inminente que requiere una respuesta urgente."
Este argumento rechaza los argumentos de los proponentes de la "anticoncepción de emergencia" para hacer creer al público en general (y a los tribunales): que supuestamente el uso de la "anticoncepción" constituye una "emergencia", que el embarazo constituye un "peligro", y que hay que obligar a todos los farmacéuticos a proporcionar a costa de su libertad de conciencia un medicamente que va contra sus principios éticos, morales y/o religiosos.
Fuente: Lifenews.com
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